Reportaje

Entrevista con Ambrose Rachier, presidente del Tribunal de Equidad para el VIH en Kenya

De izquierda a derecha, la Profesora Getui, presidenta de la junta del Consejo nacional de control del sida; Ambrose Rachier, presidente del Tribunal para la Equidad del VIH; Hon Esther Murigi, ministra de Programas Especiales; y Hon Mohammed, antiguo auxiliar de la ministra de Programas Especiales, en la conferencia de prensa durante la toma de juramento en el Tribunal de Equidad para el VIH.
Fotografía: ONUSIDA

En la reunión de alto nivel sobre el sida de junio de 2011, los líderes mundiales se comprometieron a eliminar el estigma y la discriminación contra las personas que viven con el VIH mediante la promoción de leyes y políticas que fomenten los derechos humanos y las libertades fundamentales. La reciente creación de un Tribunal de Equidad para el VIH en Kenya, el primero en el mundo de este tipo, representa un gran paso hacia la consecución de este objetivo.

Se calcula que unos 1,6 millones de personas viven con el VIH en Kenya. El Tribunal, formado por siete miembros, proporcionará acceso a la justicia para los kenianos que sufran estigma, discriminación o criminalización a causa de su estado serológico. También perseguirá el fomento de los derechos de mujeres y chicas, que se encuentran desproporcionadamente afectadas por la epidemia del VIH en Kenya.

Por medio del PNUD y de ONUSIDA, los Equipos conjuntos de las Naciones Unidas sobre el sida en Kenya apoyarán al Tribunal aumentando su capacidad para operar de un modo efectivo, suministrando apoyo técnico y generando demanda entre las comunidades a través de la sensiblilización.

ONUSIDA habló con Ambrose Rachier, presidente del Tribunal, acerca de las oportunidades y desafíos que quedan por delante.

¿Cuál es el mandato del Tribunal? ¿Cómo lo desempeñará?

El mandato del Tribunal se perfila en la Ley de 2006 sobre la Prevención y el Control del VIH/sida (2006 HIV/AIDS Prevention and Control Act).* El Tribunal tiene competencia para atender y decidir sobre denuncias que surjan a raíz del incumplimiento de la Ley y sobre cualquier asunto o apelación que se pueda hacer conforme a las disposiciones de esta.  El Tribunal también puede desempeñar otras funciones que le confiera la Ley, excepto las relacionadas con la jurisdicción penal. 

Los procesos judiciales pueden llevar años en Kenya.  El Tribunal puede acelerar el acceso a la justicia para las personas que viven con el VIH. ¿Cuáles son los demás objetivos del Tribunal?

El Tribunal tiene poderes judiciales y puede recibir pruebas, escuchar relatos de testigos, celebrar audiencias y dictar sentencia acerca de los asuntos detallados anteriormente. Teniendo esto en cuenta, se espera que el Tribunal se centre en la protección de los derechos humanos de las personas que viven con el VIH.  Por ese motivo, anima a que expresen sus quejas todas las personas infectadas o afectadas por el VIH que hayan sido violadas de cualquier modo que ponga en evidencia un incumplimiento de la Ley de 2006 sobre la Prevención y el Control del VIH/sida. 

¿Cómo planea usted ejecutar su mandato?

El Tribunal ha creado un registro para recibir las quejas y reclamaciones por escrito. Estas quejas se revisan y se asignan según sea oportuno.  El Tribunal también ayuda a los ciudadanos iletrados para que graben sus denuncias.

¿Qué medidas ha tomado el Tribunal hasta ahora?

Desde la toma de juramento de los miembros, el Tribunal ha recibido diversos asuntos, los ha revisado y los ha clasificado basándose en las denuncias generales del siguiente modo:

  • La mayoría de las quejas recibidas hacen referencia a los problemas en el lugar de trabajo, donde se discrimina y estigmatiza a los empleados debido a su real y/o presunto estado serológico. Este tipo de discriminación puede variar desde el cese del contrato laboral, al descenso de categoría o al traslado irregular de trabajadores basándose en su estado de VIH-positivo.
  • La segunda categoría la forman los casos relacionados con la denegación y dificultad para acceder al tratamiento para el VIH. De entre estas demandas destacan las de personas que fueron trasladadas a lugares remotos del condado en los que no se puede acceder fácilmente a los antirretrovirales, los medicamentos para infecciones oportunistas y los servicios y productos de prevención.
  • La última categoría comprende los casos que se derivan de las relaciones familiares y que afectan, principalmente, a mujeres que, debido a su estado seropositivo, pudieron haber sufrido violencia doméstica, abandono o deshederación.

¿Cuáles son los planes inmediatos del Tribunal?

El plan inmediato es el de aumentar la capacidad de acción de los miembros del Tribunal a fin de que puedan atender y resolver los problemas, ya que solo tres de los siete miembros son funcionarios en el juzgado.  El Tribunal se enfrentó a dos casos complejos por primera vez el 31 de enero. Se planea lanzar una campaña para dar a conocer al Tribunal y el acceso a la justicia social, así como para informar y concienciar a los ciudadanos acerca de sus servicios.

¿Cómo cree usted que el Tribunal contribuirá a la respuesta nacional al VIH?

El Tribunal ayudará a poner freno a las prácticas discriminatorias, a fomentar la inclusión y a defender la participación de personas que viven con el VIH. Asimismo, reducirá el estigma relacionado con el VIH, aumentará los lugares para llevar a cabo el diálogo social acerca del mismo, e incrementará los conocimientos y la concienciación. Esto ayudará a aumentar el acceso a los servicios y prácticas de prevención del VIH y su utilización, así como a que haya más demanda de servicios de prevención, tratamiento, atención y apoyo relacionados con el sida.

¿Qué oportunidades ofrece el Tribunal para tratar los temas del estigma y la discriminación, dos obstáculos persistentes en la consecución del acceso universal?

El Tribunal será un medio excelente para llegar a otras instituciones que, consciente o inconscientemente, agravan el estigma y la discriminación, incluidos el sector de seguros, los empleadores e incluso las instituciones docentes. El Tribunal puede generar y proporcionar concienciación sobre temas éticos y legales relacionados con el VIH y acerca del modo de tratar a aquellos que están a tu cargo y que puedan estar afectados.

¿Cuáles prevé que serán los desafíos del Tribunal?

El Tribunal está experimentando en estos momentos una falta de buena voluntad y resistencia por parte de ciertos colectivos con intereses específicos, lo que dificulta nuestro trabajo. La burocracia también es un obstáculo que afecta al óptimo funcionamiento del Tribunal y que retrasa la compensación legal necesaria. Puede que aquellos que estén afectados sigan sufriendo mientras esperan justicia y pierdan la fe en el Tribunal. Ya se sabe que "justicia retrasada, justicia denegada".  Nosotros no queremos sentar tal precedente, pero la burocracia es un factor altamente limitador.

El Tribunal ayudará a poner freno a las prácticas discriminatorias, a fomentar la inclusión y a defender la participación de personas que viven con el VIH

Ambrose Rachier, presidente del Tribunal de Equidad para el VIH en Kenya

Otro reto será el de poner en marcha el Tribunal y cumplir debidamente con nuestros deberes en la futura estructura descentralizada de gobierno. En la actualidad, la intención de los miembros del Tribunal es celebrar sesiones rotatorias en cada provincia. Sin embargo, debido a la descentralización de la estructura, la sede de gobierno estará en los 47 condados propuestos, lo que puede que dificulte que el Tribunal de siete miembros aplique la justicia de un modo adecuado.

A pesar de estos desafíos, soy optimista y estoy orgulloso de haber formado parte de este Tribunal único, que es el primero en el mundo de este tipo. Espero que otros países imiten nuestras experiencias y aprendan de nuestros éxitos y desafíos. 

Puede que otros países estén interesados en cómo surgió esta idea, y en cuánto tiempo tardó en cristalizar.

En el año 1999, se declaró el VIH como un desastre natural. Esto llevó a la creación del Consejo nacional de control del sida  También se estableció un grupo de trabajo sobre el VIH y las leyes.

A los responsables del grupo de trabajo se les proporcionó asesoramiento legal acerca de qué leyes se necesitan para facilitar la prevención, tratamiento y atención relacionados con el VIH.  Yo era el presidente de ese grupo de trabajo. En el año 2000, empezamos a trabajar y, en julio del 2002, completamos un informe. En ese momento, identificamos tres asuntos clave que podríamos tratar: i) El estigma y la discriminación como factores que intensificaban la propagación del VIH; ii) La necesidad de tratar las cuestiones del acceso a los servicios de prevención, tratamiento y atención del VIH; iii) El acceso a la justicia para las personas que viven con el VIH y/o se ven afectadas por él como un medio para mejorar la respuesta nacional. Tras la presentación del informe, se empezó a redactar el borrador de la Ley de 2006 sobre la Prevención y el Control del VIH/sida, que se aprobó en 2006.  Este Tribunal se consagró en dicha Ley y, en junio de 2011, sus miembros prestaron juramento.

*Objeto y propósito de la Ley de 2006 sobre la Prevención y el Control del VIH/sida de Kenya:

(a) Promover la concienciación entre los ciudadanos acerca de las causas, modos de transmisión, consecuencias, formas de prevención y control del VIH y el sida;

(b) Proporcionar a toda persona que sospeche o sepa que está infectada por el VIH y el sida una completa protección de sus derechos humanos y libertades civiles por medio de:

  • (i) La prohibición de la obligatoriedad de las pruebas del VIH a excepción de lo que se dispone en esta Ley;
  • (ii) La garantización del derecho a la intimidad de las personas;
  • (iii) La prohibición de la discriminación en todas sus formas contra la persona o personas que vivan o puedan vivir con el VIH y el sida;
  • (iv) La garantización de la prestación de los servicios de salud y sociales básicos para las personas infectadas por el VIH y el sida;

(c) Fomentar al máximo las precauciones y medidas de seguridad universales en las prácticas y procedimientos que conlleven el riesgo de la transmisión del VIH; y

(d) Abordar de manera positiva e intentar erradicar las condiciones que agravan la propagación del VIH.