Reportaje

Los derechos humanos y el género en los marcos jurídicos sobre el VIH

28 de abril de 2008

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En esta reunión se identificó una serie de
retos, oportunidades y medios para asegurar
que se incorporaran aspectos relativos a los
derechos humanos y el género en la adopción
y revisión de la legislación sobre el VIH.

En 2001, con la adopción de la “Declaración de compromiso” y la “Declaración política sobre VIH/sida” durante el periodo extraordinario de sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas sobre VIH/sida, los gobiernos reconocieron que es muy importante proteger los derechos humanos y la igualdad de género por medio de sistemas legales adecuados a la búsqueda de respuestas nacionales al VIH.

La promulgación de leyes que recogen la protección de los derechos humanos y de género facilita la prevención del VIH a quienes están más expuestos a él, e impide que las personas que viven con el VIH sufran discriminación o se atente contra sus derechos humanos. Sin embargo, en las respuestas nacionales al VIH, la mayoría de las veces apenas se presta atención a la reforma de las leyes discriminatorias existentes, ni se intenta trabajar con los parlamentos, los jueces y la policía para asegurar que la legislación se esté aplicando correctamente. El resultado de todo ello es que la transgresión de los derechos humanos, tanto en forma de discriminación, desigualdad de género y violencia contra las mujeres, como de violación de la confidencialidad y la privacidad, sigue contribuyendo a aumentar la vulnerabilidad a la infección por el VIH; y además, supone una barrera para encontrar respuestas efectivas al virus.

En reconocimiento de este problema, ONUSIDA organizó, junto con el PNUD, UNICEF, el UNFPA, UNIFEM, la OMS, AWARE/USAID, OSIWA, ECOWAS y el ACNUDH, dos talleres en Dakar; uno en julio de 2007 y otro del 16 al 18 de abril de 2008. La finalidad de los mismos fue ayudar a los países a que tuviesen en cuenta a qué nivel se encuentran en cuanto al desarrollo de sus marcos legislativos en relación a la respuesta al VIH y cómo se puede llegar a tener la mejor legislación posible.

La prevención o el tratamiento para el VIH no dependen de la promulgación de determinadas leyes, sino de la puesta en marcha de los programas y servicios relacionados con este virus que sean necesarios; sin embargo, la legislación sí puede crear un entorno que empodere a las personas por medio de conocimientos adecuados, apoyo social y protección contra cualquier forma de discriminación. De esta manera, sí se pueden conseguir cambios de conducta y el acceso a la prevención, tratamiento y atención del VIH sin que haya consecuencias negativas para nadie.

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Entre las cuestiones de la “Ley Ndjamena” que
se trataron en dicha reunión, destacan las
pruebas del VIH obligatorias, la confidencialidad
o la divulgación de información acerca del VIH,
la criminalización de la transmisión del VIH y
los derechos de las mujeres y otros grupos también
vulnerables.

En 2004, el Foro de parlamentarios africanos y árabes para la población y el desarrollo adoptaron la "Ley Ndjamena" sobre la prevención, atención y control del VIH. Dicha ley supuso la adopción de un instrumento legal flexible y adaptable, que los diferentes estados pudieron usar para encaminar el proceso de desarrollo de sus legislaciones según su entorno legal, social, político y cultural. La ley englobaba muchos aspectos positivos, pero se ha llegado a la conclusión de que algunas de las disposiciones contenidas en la misma se podrían mejorar bastante con el fin de hacer frente a dos de las preocupaciones más importantes en la respuesta al sida: proteger la salud pública y defender los derechos humanos.

Los participantes en el taller de abril de 2008 representaban a 15 países de África occidental y central; entre ellos se encontraban parlamentarios, especialistas en derechos humanos, juristas, miembros de la sociedad civil (incluidas las personas que viven con el VIH) y representantes de los consejos nacionales sobre sida. En esta reunión se identificó una serie de retos, oportunidades y medios para asegurar que se incorporaran aspectos relativos a los derechos humanos y el género en la adopción y revisión de la legislación sobre el VIH.

Entre las cuestiones de la “Ley Ndjamena” que se trataron en dicha reunión, destacan las pruebas del VIH obligatorias, la confidencialidad o la divulgación de información acerca del VIH, la criminalización de la transmisión del VIH y los derechos de las mujeres y otros grupos también vulnerables.

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Los participantes en el taller de abril de 2008
representaban a 15 países de África occidental
y central; entre ellos se encontraban parlamentarios,
especialistas en derechos humanos, juristas,
miembros de la sociedad civil (incluidas las personas
que viven con el VIH) y representantes de los
consejos nacionales sobre sida.

ONUSIDA y otros asociados recomendaron varios documentos actualizados desde la promulgación de la ley Ndjamena que se pueden usar como ejemplo y sirvan para enmendar la legislación relacionada con el VIH según las normas legales internacionales existentes; además, de esta manera, se asegurará que con el lenguaje empleado no se vaya en contra de los derechos humanos. Entre estos documentos, se encuentran la “Declaración política sobre VIH/sida” (2006), las “Directrices internacionales sobre el VIH y los derechos humanos”, Versión consolidada (2006), “Tomar medidas contra el VIH- Manual para parlamentarios” (2007) y "Recomendaciones de ONUSIDA para el uso de un lenguaje alternativo en la legislación Ndjamena sobre VIH" (2008).

Todos los participantes estuvieron de acuerdo en que el proceso de incorporación de cuestiones sobre derechos humanos y género en los marcos jurídicos sobre el VIH es una muestra de la necesidad que existe de tomar medidas legales, no como mecanismos de coacción, sino como instrumentos para atribuir más poderes a las personas por medio del respeto de los derechos humanos. Las medidas jurídicas de carácter punitivo o coercitivo hacen que aumente todavía más el estigma y la discriminación ya existentes en relación con el VIH y disuaden a las personas de participar en los programas de prevención y tratamiento del VIH, consiguiendo, en definitiva, que disminuya la efectividad de las respuestas nacionales a la epidemia.

"El hecho de proteger los derechos de las personas que viven con el VIH no significa que se vaya a ofrecer menos protección al resto de los miembros de la comunidad, sino todo lo contrario: defender los derechos de las personas que viven con el VIH y de aquellos grupos que están más expuestos a la infección contribuye a promover el acceso a los servicios de prevención, atención y apoyo relacionados con el virus; algo que beneficia a toda la comunidad y que hace que la respuesta al VIH sea más efectiva”, afirmó el Dr. Meskerem Grunitzky-Bekele, director del Equipo de Apoyo Regional para África occidental y central de ONUSIDA.